¿Que Es El Impuesto Sobre Las Ganancias de Capital En Panamá?

Al momento de realizar la venta de apartamentos en Panamá, el gobierno obliga a pagar un Impuesto Sobre Las Ganancias de Capital que se hayan generado.

Este tributo se declara de dos formas:

Si el vendedor del bien inmueble, tiene esta actividad como su giro ordinario del negocio, entonces se calculará el Impuesto sobre las ganancias de capital en base a los estipulado en el Articulo 699 y 700 del Código Fiscal.

En caso de venta de propiedades nuevas, el calculo del impuesto se hará en base a una tabla de tasas que van desde el 0.5% hasta el 4.5% dependiendo del valor de la propiedad.

Si la compraventa del bien inmueble no está dentro del giro ordinario del vendedor, entonces se calculará el Impuesto sobre la Renta en base a una tasa del 10% de la ganancia obtenida. En este caso, el contribuyente tendrá la obligación de pagar una tasa de 3% del valor total de la enajenación o del valor catastral, cualquiera que fuera mayor, en concepto de adelanto al impuesto sobre las ganancias de capital.

Cuando este 3% de adelanto del impuesto sea mayor al momento resultante de aplicar la tarifa del 10% sobre la ganancia obtenida en la enajenación, el contribuyente tendrá la opción de presentar una solicitud de devolución de impuesto sobre las ganancias de capital, luego de que la propiedad haya sido traspasada a su nuevo dueño.

¿Cuando Se Puede Solicitar La Devolución del 3%?

  • Esta puede ser solicitada una vez se haya inscrito la escritura de compraventa en el Registro Público.

Para tal efecto, se deben presentar los siguientes documentos:

  • Carta de Solicitud de Devolución dirigida a la Dirección General de Ingresos
  • Copia Original del Certificado de Registro Público del nuevo propietario de la finca
  • Si el solicitante es una persona jurídica se debe presentar Certificado de Registro Publico de la persona jurídica.
  • Copia de la Escritura Publica de Compraventa inscrita en el Registro Público
  • Copia de cédula de Representante Legal
  • Copia del recibo de pago del impuesto

Declaración Jurada del Impuesto Sobre Las Ganancias de Capital

La declaración jurada de este impuesto sobre las ganancias de capital se debe realizar por medio del formulario 107. Este formulario que se utiliza para declarar la ganancia de capital por enajenación de un bien inmuebles, ya sea que el declarante, en este caso el vendedor de la propiedad, tenga la actividad de compraventa de bien inmueble como su giro ordinario, como si lo la tuviese.

A Donde Se Debe Presentar Esta Declaración Jurada

Este formulario 107, se debe presentar ante la Dirección General de Ingresos (D.G.I), dentro del mismo mes en el que se realice la venta, es decir, dentro del mismo en el que se ingresará la escritura publica de compraventa en el Registro Publico, a fin de transferir la titularidad del bien a su nuevo dueño.

La elaboración de este formulario se puede realizar en línea, en el Sitio Web de la D.G.I.

Cuando Se Debe Realizar El Pago del Impuesto

El pago de este tributo se realiza antes de la inscripción de la escritura en el Registro Publico, debido a que esta declaración jurada es requerida para el cierre de la escritura publica en la Notaría.

Este pago puede ser realizado directamente en la D.G.I., o en en el banco Caja de Ahorros, a donde solo aceptan efectivo y cheques. También, es posible hacerlo por transferencia bancaria por medio de la banca en línea de aquellos cuentahabientes que tengan una cuenta bancaria con el Banco General.

Esta es la Base Legal del Impuesto Sobre Las Ganancias de Capital

 

  • Art. 701 del Código Fiscal.
  • Ley 6 de 2 de febrero de 2005.
  • Ley 18 de 26 de Junio de 2006.
  • Decreto Ejecutivo No.170 de 27 de Octubre de 1993.
  • Ley 49 de 17 de septiembre de 2009.
  • Art. 701-a del Código Fiscal.
  • Art. 2 Ley 33 de 30 de Junio de 2010 (G.O. 26566-A).
  • Art. 2 Ley 28 de 8 de Mayo de 2012 (G.O. 27029 –C).
  • Art. 41 Decreto Ejecutivo Nº 98 de 27 de Septiembre de 2010. G.O. 26630-A.

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