4 Recomendaciones a Realizar Luego de Comprar Un Apartamento en Panamá

Comprar Un Apartamento en Panamá

4 Recomendaciones A Realizar Luego de Comprar Un Apartamento en Panamá

Después de Comprar un apartamento en Panamá, hay ciertos pasos que debe realizar a fin de que la propiedad se encuentre debidamente a su nombre, y pueda mudarse sin mayores contratiempos.

Primera Recomendación. Verificar que No Hay Deuda en el Servicio Eléctrico.

Al comprar un apartamento es Panamá, es importante verificar que el propietario de la unidad inmobiliaria, o el inquilino, no haya dejado ninguna deuda para que Ud pueda hacer la conexión del servicio sin inconvenientes.

En muchas ocaciones, se han presentado situaciones a donde el propietarios o los inquilinos tienen una deuda y no la cancelan, lo cual genera un tramite adicional a realizar al nuevo propietario para poder hacer la conexión del servicio.

Si bien la cuenta de luz, es un servicio que corresponde al titular de la cuenta, y no está asociado a la propiedad como la cuenta del agua; en el caso de que haya una deuda que no se haya cancelado, y no tenga planes de cancelarla el titular, generará un trámite adicional que debe hacer el nuevo propietario para tener el servicio a su nombre.

Este trámite adicional le llevará tiempo y dinero, ya que hay que presentar cierta documentación para demostrar que esa deuda no es suya, que Ud es el nuevo propietario del apartamento, y que desea solicitar una cuenta nueva.

Segunda Recomendación. Hacer la Actualización de la Cuenta del Agua y Aseo

La cuenta del agua y aseo, en este caso, la cuenta en el IDAAN, se debe actualizar con los datos del nuevo propietario, para lo cual, debe hacer el trámite de actualización en esta entidad, presentando los siguientes requisitos:

  • Copia de la escritura
  • Copia de Cedula

En el caso de que sea una persona jurídica, debe presentarse el representante legal, o persona debidamente autorizada por este por medio de carta notariado, con copia de cedulas, y copia del pacto social o ultimas modificaciones realizadas.

Tercera Recomendación. Hacer la Actualización en ANATI

Una vez Ud. proceda a comprar un apartamento en Panamá, y este quedé inscrito a su nombre, es importante hacer la actualización en ANATI, a fin de actualizar el valor catastral y los datos del nuevo propietario.

Cuarta Recomendación. Informar a la Administración del Edificio que Ud es el Nuevo Propietario.

Es importante informarle a la administración del edificio a donde Ud acaba de comprar su apartamento, para estén informados de que la propiedad cambio de propietario, y brindarles sus datos de contacto.

Por lo general le solicitarán copia de la escritura de compraventa, copia de cédula, teléfono y correo electrónico.

¿Sabías Que El Impuesto de Inmueble Prescribe a Los 10 Años?

Prescripcion del Impuesto de Inmueble en Panama

¿Sabías Que El Impuesto de Inmueble Prescribe a Los 10 Años?

La prescripción del pago del  impuesto de inmueble, es la pérdida o caducidad de derecho que tiene el Estado, en este caso la Dirección General de Ingresos (DGI),  a cobrar el impuesto al contribuyente.

Al mismo tiempo, este es un derecho a favor del contribuyente para no realizar el pago del mismo.

Esta prescripción priva al Estado la posibilidad de exigirle al contribuyente el cumplimiento de la obligación, debido a su propia inacción para solicitar el pago dentro del plazo legal establecido.

En Panamá, el derecho de prescripción es un derecho que hay que solicitarlo ante la Dirección General de Ingresos, ya que no es automático.

Recuerde: La prescripción no extingue la obligación, es decir que si ha realizado algún pago, no puede reclamar devolución alegando un derecho no ejercido.

Según el Artículo 791 del Código Fiscal, el pago del impuesto de inmueble prescribe a los 10 años contados desde el último año en que debió ser realizado el pago.

¿Cómo Se Interrumpe La Prescripción del Pago del Impuesto de Inmueble?

Esta prescripción se interrumpe en los siguientes casos:

  • Por reconocer la deuda por parte del contribuyente
  • Por solicitud de prorroga
  • Por arreglo de pago o una promesa de pago escrita
  • Por autoejecutivo emitido en contra del contribuyente
  • Por cualquier notificación de cobro por un funcionario de la entidad

Requisitos Para el Tramite de Prescripción del Impuesto de Inmueble

Este trámite debe ser realizado ante la Dirección General de Ingresos, y debe presentar:

  • Memorial de Solicitud de Prescripción
  • Copia de Cedula (si es persona natural)
  • Certificado de Finca

Para personas jurídicas:

  • La solicitud debe realizarse por medio de abogado
  • Poder de abogado
  • Certificado de Registro Publico de la sociedad
  • Copia de Cedula del Representante Legal
  • Copia del Cedula del Abogado
  • Certificado de Finca

Recomendación

En caso de que lo llamen a cobrar el impuesto de inmueble, primero solicite un estado de cuenta para verificar la antigüedad del impuesto pendiente de pago. Si determina que cumple con los años para la prescripción, puede proceder a hacer la solicitud ante la Dirección General de Ingresos.

¿Por Qué Debo Participar En La Asamblea de Propietarios?

Asamblea de Propietarios

¿Por Qué Debo Participar En La Asamblea de Propietarios?

La Asamblea de Propietarios es el máximo organismo de gobierno dentro del Régimen de Propiedad Horizontal, y se encarga de velar por el mantenimiento y administración de la propiedad horizontal a fin de preservar el bien común.

La participación en esta asamblea de propietarios es importancia para todos los propietarios ya que se toman decisiones como:

  • Aumento de la Cuota de Mantenimiento
  • Aprobar Cuotas Extraordinarias
  • Designar los miembros de la Junta Directiva
  • Designar al Administrador
  • Decidir Sobre la Demolición o Reconstrución de la Propiedad Horizontal, en el caso de que está amenace ruina.
  • Acordar que algunos bienes comunes tengan el uso exclusivo para uno o más propietarios
  • Aprobar la adquisición de un bien privativo como estacionamiento, depósito o unidad inmobiliaria
  • Entre otras

¿Quiénes Conforman La Asamblea de Propietarios?

Esta asamblea está conformada por todos los propietarios de las unidades inmobiliarias que conforman la propiedad horizontal.

Cada propietario tendrá un voto por cada unidad inmobiliaria adquirida e inscrita en el Registro Publico de Panamá. Sin embargo, no contarán con este privilegio aquellos que no se encuentren al día en la pago de su cuota de mantenimiento u otras obligaciones financieras con la administración de la propiedad horizontal.

La Junta Directiva representa a la Asamblea en lo concerniente a la administración y conservación de los bienes  comunes de la propiedad horizontal.

¿Cada Cuanto Debo Asistir a La Asamblea?

La Asamblea de Propietarios debe reunirse en sesión ordinaria al menos una vez al año, por medio de una convocatoria realizada por la Junta Directiva.

Adicionalmente, podrá convocarse una Asamblea en sesión extraordinaria cuando las necesidades de la propiedad horizontal sean imprevistas o de urgencia.

¿Qué Pasa Si No Asisten Todos los Propietarios?

La Asamblea de Propietarios se considera formalmente constituida, ya sea en sesión ordinaria como extraordinaria, con la asistencia del 51% del total de los propietarios

¿Qué Hago Si No Puedo Asistir a La Asamblea?

En el caso de que no pueda asistir, puede designar a otra persona por medio de un documento publico o privado. No es requerido que está persona que Ud autorice sea propietario de la propiedad horizontal.

¿Qué Sucede Si No Hay Una Asamblea de Propietarios, Junta Directiva o Administrador?

En el caso de ausencia de una Asamblea de Propietarios, de una Junta Directiva debidamente conformado o un administrador asignado, por un período de más de cinco años, el Organo Judicial o Ministerio Publico inscribirá las ordenes por ellos dictadas.

¿Qué Es la Moratoria En El Pago del Impuesto de Inmueble?

Acogimiento a Moratoria

¿Qué Es la Moratoria En El Pago del Impuesto de Inmueble?

Cuando se habla de moratoria, se refiere a la oportunidad que se les da a los propietarios de bienes inmuebles que se encuentran morosos en el pago del impuesto de inmueble, para poder cancelar la deuda que mantienen sin que se les cobre los intereses ni los recargos acumulados, siempre y cuando, realicen el pago completo dentro del periodo señala por la ley.

¿Cómo Puedo Aplicar A La Moratoria?

Este procedimiento se realiza ante la Dirección General de Ingresos (DGI).

Para acogerse a la moratoria, lo primero que debe acceder a su cuenta en la D.G.I., por medio de su NIT.

Una vez este adentro de su cuenta, debe ir a la opción que se marca como Acogimiento a Moratoria, y el sistema le emitirá cuanto es el saldo que debe cancelar sin los intereses y recargos.

Es muy importante, que realice este paso, ya que cualquier pago que realice sin que se haya realizado este proceso, se acreditará al monto total que incluye el impuesto mas los intereses y recargos.

¿Qué Hago Si No Tengo el NIT?

Si Ud no cuenta con el NIT, es decir, el número de identificación tributaria, puede acceder a la pagina de la Dirección General de Ingresos, para hacer la solicitud en línea.

Esta solicitud puede demorar desde unas horas a unos días, dependiendo de la velocidad con que procesen esta solicitud en esa institución, ya que es un procedimiento manual.

Si pasa, más de dos días, puede llamar por teléfono para hacer el reclamo, y por lo general, se lo resuelven enseguida.

En caso de que no pueda hacer la solicitud por medio de la pagina web, debe ir personalmente o por medio de persona autorizada (con carta notariado) ,a fin de hacer la actualización de su correo electrónico que tiene vinculado a su finca, así luego, puede hacer la solicitud del NIT en linea.

Recuerda que antes de hacer la Solicitud de Moratoria, debe verificar que los datos de su propiedad están debidamente actualizados en la DGI, es decir, que el valor catastral corresponde con el precio que Ud pago por él, según la ultima escritura, y que sus datos, como propietario del inmuble, aparezcan correctamente. De lo contrario, deberá hacer una actualización en Anati.

¿Por qué Debo Actualizar Mi Propiedad en ANATI?

ANATI

¿Por qué Debo Actualizar Mi Propiedad en ANATI?

Ya sea que haya comprado su nueva propiedad recientemente, o tenga años de haberla adquirido, es importante que verifique el estatus legal y fiscal en las entidades gubernamentales correspondientes, a fin de determinar si debe realizar una actualización de los datos de su propiedad.

Cuando se compra una propiedad, es decir que, queda inscrita en el Registro Público de Panamá a nombre del nuevo propietario, aún queda un paso pendiente por realizar, que es la actualización de los datos de la propiedad, valor catastral y datos del nuevo propietario, en ANATI.

Debido a que no hay una conexión de información entre el Registro Publico de Panamá y la Autoridad Nacional de Administración de Tierras, cuando se transfiere el dominio de la propiedad a un nuevo propietario, está no se actualiza automáticamente.

¿Qué Debo Verificar?

Lo primero que debe hacer como propietario de un bien inmueble en Panamá, es verificar que los datos de la propiedad o finca, se encuentre debidamente actualizada en ANATI.

Es decir, debe verificar que el valor de compra (nuevo valor catastral) y los datos del nuevo propietario están actualizados, en base a la última escritura con la cual se adquirió la propiedad.

¿Qué es ANATI?

ANATI, Autoridad Nacional de Administración de Tierras,  es la entidad gubernamental encargada de dirigir, asegurar y regular el cumplimiento y aplicación de la política nacional de tierras, a fin de garantizar la seguridad jurídica y mejorar la calidad de vida de los propietarios y poseedores de terrenos en Panamá.

¿Por qué Es Importante Hacer Esta Verificación?

Una vez que Ud actualice su propiedad en ANATI, esto hará que la información correspondiente al nuevo valor catastral y datos del propietario quede actualizada en la Dirección General de Ingresos (DGI), lo cual permitirá que se le calcule el impuesto de inmueble en forma correcta, con lo cual evitará intereses y recargos.

Adicionalmente, Ud podrá realizar cualquier trámite ante estás entidades como:

Como Puedo Hacer Esta Actualización?

Para actualizar los datos de su propiedad en ANATI, solo debe:

Presentar copia de la última escritura con la que adquirió la propiedad, la cual puede descargar, sin costo, desde el sitio web del Registro Publico de Panamá.

Y pagar cinco dólares, que es el costo de realizar el trámite en esta entidad.

Parámetros Para El Análisis del Crédito de Un Préstamo Hipotecario

Parámetros Para El Análisis del Credito de Un Préstamo Hipotecario

Parámetros Para El Análisis del Crédito de Un Préstamo Hipotecario

Al momento de reunirse con su oficial de cuenta o analista de crédito, es importante que le brinde toda la información necesaria y suficiente a fin de que él pueda minimizar el número de incógnitas para poder tomar la decisión correcto, y le aprueban su préstamo hipotecario.

Se considera que el análisis de crédito es un arte, ya que requiere de creatividad, experiencia y buen criterio por parte del analista para tomar la decisión de aprobar o negar la solicitud de préstamo hipotecario.

Es por tal razón que la información y documentación presentada al banco, así como la entrevista con el analista o ejecutivo de cuenta es de gran importancia, ya que es su tarjeta de presentación al banco.

 

 

Información Requerida para Evaluar El Crédito de Un Préstamo Hipotecario

Al momento de analizar el crédito de una persona natural o jurídica, se tiene presente la calidad de la información, es por esta razón que muchas veces solicitan información y documentación adicional luego de presentada la solicitud de Credito.

A continuación le presentaremos un listado de la información que analizará su banco:

  • Dates generales del cliente
  • Información detallada sobre su actividad que le permite generar sus ingresos
  • Referencias crediticias (principalmente la Asociación Panameña de Crédito – APC)
  • Propósito del crédito, es decir, el destino que se le dará al prestamos que le otorguen
  • Análisis de crédito, es decir, evaluar si el solicitante es sujeto de crédito
  • Propiedades muebles e inmuebles registradas en el Registro Publico
  • Información sobre proveedores
  • Otras fuentes de información

Aspectos Para La Evaluación del Crédito de Un Préstamo Hipotecario

Aspecto Cuantitativo

  • Comportamiento de Pago de sus obligaciones con otras entidades financieras
  • Fuente de Repago
  • Capacidad de Pago. Prever su capacidad de afrontar el pago del préstamo en diversas condiciones.
  • Análisis de estados financieros de los últimos años
  • Tipo de persona solicitante del préstamo hipotecario (persona natural, sociedad, empresa familiar, etc)
  • Análisis del sector comercial o actividad económica a donde Ud genera sus ingresos

Aspecto Cualitativo

  • Análisis del Solicitante o del Negocio (información de personal y profesional).
  • Historia del Solicitante (estabilidad laboral, información de la empresa a donde labora, actividad económica que se realiza).
  • Historial Crediticio del Solicitante (experiencia crediticia con proveedores, entidades bancarias y financieras, etc.).

Factores Esenciales Para Analizar el Credito de Un Préstamo Hipotecario

1) Carácter:

Lo cual incluye la solvencia moral y referencias de crédito.  Si bien este aspecto no se puede cuantificar porque es intangible, será medido por el banquero en cuanto a la impresión personal que Ud. le dé,  su buena reputación, la impresión profesional de la empresa, los directivos o empleados claves de la misma.

2) Capacidad de Pago:

Se analiza la capacidad que Ud tenga de generar sus ingresos y/o flujo de efectivo en el futuro a fin de pagar el préstamo. Este es uno de los factores críticos que se analizarán.

3) Capital Invertido por el cliente:

Es decir, cuanto Ud a aportado, en términos monetarios, para la compra de su propiedad. Cuanto más Ud abone a su propiedad, será mejor visto por el banco.

4) Condiciones del Entorno:

Se refiere a la necesidad que Ud tenga del préstamo, su tipo de actividad generadora de ingresos, forma de generar flujo de efectivo, y la duración del préstamo hipotecario.

5) Colateral:

Se refiere a la garantías que se le darán al banco o fuentes adicionales de repago, que le de brinde seguridad al banco que no perderán su inversión otorgándole el préstamo a Ud.

9 Actividades Prohibidas a Los Propietarios de Apartamentos En Panamá

Propietarios de Apartamentos En Panamá Propietarios de Apartamentos En Panamá

9 Actividades Prohibidas a Los Propietarios de Apartamentos En Panamá

Los propietarios de apartamentos en Panamá o unidades inmobiliarias de edificios que estén incorporados en el régimen de Propiedad Horizontal, o quienes ocupen dichas propiedades tienen prohibido realizar lo siguiente:

1) Que  las unidades inmobiliarias sean destinadas para un uso contrario a la moral, a las buenas costumbres, o a fines no establecidos o no señalados en la norma.

2) Perturbar con ruidos o escándalos, o de cualquier manera, la tranquilidad de los demás propietarios.

3) Tener objetos peligrosos o perjudiciales para el edificio, o para la salud de sus vecinos.

4) Elevar nuevas construcciones, instalaciones o equipos, como adicionar techos, aleros, antenas y otros objetos sobre el último piso, sin el consentimiento del 66% de los propietarios de las unidades inmobiliarias, y de las autoridades competentes.

En los casos de adición de techos, aleros, antenas u otros objetos, estos no podrán sobresalir de la proyección horizontal de los pisos de las unidades inmobiliarias.

5) Hacer obras como excavaciones nuevas, sótanos, o ampliaciones de las ya existentes y, en general, ejecutar actos que puedan perjudicar o comprometer la solidez, seguridad o salubridad de la propiedad horizontal.

6) Llevar o tener animales que prohibe el Reglamento de Copropiedad y de conformidad con lo dispuesto pro el Ministerio de Salud; no obstante, en el Reglamento de Copropiedad se podrá determinar el tipo, la forma, las modalidades, los cuidados y las responsabilidades que debe asumir el propietario para mantener mascotas.

7) Realizar modificaciones o adiciones en las fachadas de la propiedad horizontal, sin que medie previamente, un consentimiento de al menos un sesenta y seis (66) por ciento de las unidades inmobiliarias, y que se realice sin la debida aprobación de las autoridades competentes. En el caso de que se dieran este tipo de modificaciones sin  haber cumplido con los requisitos previamente mencionados, el corregidor o la autoridad competente, tendrá la potestad de obligar al propietario o a los propietarios de las unidades inmobiliarias, a restituyan los elementos modificados en un periodo no mayor de treinta días, y, en caso de negativa, este podrá imponer multa que variará desde el 0.25% hasta un 1% del valor de la unidad inmobiliaria, dependiendo de la gravedad de la falta, hasta que se cumpla con lo establecido.

8) Los Propietarios de Apartamentos en Panamá no podrán poner letreros comerciales o profesionales sin que medie una previa autorización de la Junta Directiva, y  de las autoridades correspondientes, a excepción de los locales comerciales destinados a comercios u oficinas, lugares en los que se podrán colocar letreros que no afecten la estética o la seguridad, y no causen molestias, ni excedan la altura apropiada y  que cuente con el permiso del municipio.

9) Ejecutar otros actos que prohibe el Reglamento de Copropiedad.

La Junta Directiva podrá establecer, mediante resoluciones, prohibiciones adicionales que surtirán efecto hasta su aprobación o rechazo en la siguiente Asamblea de Propietarios. En caso de no ser presentadas tales disposiciones, estás quedarán sin valor.

¿Se Puede Congelar El Impuesto de Inmueble?

congelacion impuesto de Inmueble

¿Se Puede Congelar El Impuesto de Inmueble?

Uno de los incentivos otorgados por ley a las personas de la tercera edad, a los jubilados y a los pensionados, es la posibilidad de congelar el impuesto de inmueble, tanto para panameños como extranjeros, a fin  de que no se les aumento el impuesto por pagar, aún cuando se incremente el valor catastral de la propiedad.

Este beneficio está establecido en la Ley 6 de 1987, a donde detalla que se puede aplicar bajo estas condiciones:

  • Toda persona que sea ciudadana panameña o extranjera, que tenga 55 años o más, en el caso de mujeres; y de  60 años o más en caso de varones.
  • Todas aquellas personas que sean jubiladas o pensionadas.

Adicionalmente, se debe probar que se cumple con las siguientes condiciones:

  • La propiedad es su domicilio principal.
  • La propiedad se encuentre inscrita a su nombre.
  • y, que la propiedad sea la única propiedad a su nombre.
  • ¿A Donde Se Solicita La Congelación del Impuesto de Inmueble?

Esta solicitud de congelación del Impuesto de Inmueble se realiza por medio de la DIRECCION GENERAL DE INGRESOS (D.G.I.), presentando los siguientes requisitos:

1- Copia de cédula de identidad personal, carnet de jubilado o pensionado del solicitante.

2- Certificación de Finca emitida por el Registro Público de Panamá, a donde se compruebe que la propiedad está a nombre del solicitante, y es la única bajo su propiedad.

3- Llenar el formulario de solicitud de congelación del impuesto de Inmueble proporcionado por la D.G.I.

¿Qué Sucede Si La Propiedad Está a Nombre de Dos O Mas Personas?

En el caso de la propiedad inmueble se encuentre a nombre de varias personas que reúnan los requisitos para la congelación del impuesto de inmueble, se puede hacer la solicitud de congelación de la parte (cuota parte) que le corresponda a cada uno.

Una vez presentada la solicitud ante la DIRECCION GENERAL DE INGRESOS (D.G.I.), se procederá a su revisión, y aprobación, para lo cual se emitirá una resolución a fin de que el impuesto quede congelado.

¿Qué Es La Cuota de Mantenimiento en un Edificio En Panamá?

Cuota de Mantenimiento

¿Qué Es La Cuota de Mantenimiento en un Edificio En Panamá?

La cuota de mantenimiento o cuota de gastos comunes, es la obligación que tiene cada propietario de una o más unidades inmobiliarias de una propiedad horizontal, que comparten áreas comunes indivisibles de un conjunto incorporado al Régimen de Propiedad Horizontal, de cubrir con su participación los gastos de administración, conservación, mantenimiento y operación, según lo establezca la ley, o el Reglamento de Copropiedad o lo disponga la Asamblea de Propietarios.

Adicionalmente, se incluyen las cuotas ordinarias y extraordinarias, las multas y cualquier otra debidamente establecida en el Reglamento o adoptada por la Asamblea.

¿Cómo se fija el monto de la Cuota de Mantenimiento?

Las cuotas comunes ordinarias se fijan en el Reglamento de Copropiedad de la siguiente manera:

Para la propiedad horizontal de edificios, según el metraje de cada unidad inmobiliaria.
En el caso de propiedad horizontal de urbanizaciones, por unidad inmobiliaria.

¿Qué es el Coeficiente de Participación?

El coeficiente de participación, cuota de participación o cuota atribuida, es el porcentaje o cuota que tiene todo propietario de una unidad inmobiliaria sobre los bienes comunes.

Esta participación le atribuye a cada propietario derechos y obligaciones, en forma proporcional al valor de su propia unidad inmobiliaria en base a un porcentaje del valor total de todo lo que se haya incorporado dentro de la propiedad horizontal.

Es decir, que el coeficiente de participación de su unidad inmobiliaria está basado en el porcentaje que representa su propiedad dentro del valor total de toda la propiedad horizontal (todos los apartamentos y bienes comunes).

¿Cuando Se Considera Que Estoy Moroso En El Pago de La Cuota de Mantenimiento?

Según la Ley 31 del 18 de Junio del 2010, en su artículo número 5, acápite 18, que trata el tema de la morosidad, establece que en los casos de propiedades horizontales, la mora en el pago de los diferentes cuotas se estima a partid de dos meses.

¿Qué Sucede Si un Propietario Se Niega a Pagar La Cuota de Mantenimiento?

En el caso de que algún propietario se niegue a pagar el valor de la cuota de mantenimiento, por un término mayor a dos meses, la Junta Directiva, o en su defecto, el Administrador , debidamente autorizado por la Junta Directiva, podrá presentar en contra de este propietario, un proceso ejecutivo a fin de lograr el pago, para lo que podrá utilizar como documentos de prueba el estado de cuenta o los recibos no pagados.

Adicionalmente, a los propietarios morosos en el pago de esta cuota, dentro del término mencionado anteriormente, la Junta Directiva, o el Administrador, en su caso, podrán anunciar en un lugar visible todos aquellos propietarios que se encuentran morosos.

Además, pueden suspender o cortar el acceso, cualquier beneficio al uso de áreas comunes, gas comunal, internet, televisión por cable, servicio de portería o vigilancia, limpieza y demás servicios comunes para cuyo suministro sea necesario el aporte de las cuotas de mantenimiento.

TIPS PARA ELABORAR UN CONTRATO PROMESA DE COMPRAVENTA

CONTRATO PROMESA DE COMPRAVENTA

TIPS PARA ELABORAR UN CONTRATO PROMESA DE COMPRAVENTA

Sea que esté comprando o vendiendo un apartamento en Panamá, o incluso cualquier otro tipo de propiedad inmueble, le traemos algunos datos útiles sobre el contrato promesa de compraventa.

¿QUE ES EL CONTRATO PROMESA DE COMPRAVENTA?

El contrato promesa de compraventa es un contrato por medio del cual las partes se comprometen, una a vender su propiedad inmueble, y la otra a comprar esa propiedad, dentro de un periodo de tiempo, pagando el precio pactado, y bajo las condiciones acordadas.

PUNTOS IMPORTANTES A TENER EN CUENTA

Dentro de un contrato promesa de compraventa, es recomendable que se detallen los siguientes puntos:

Claúsula Penal

Esta cláusula se estable en los casos de incumplimiento del contrato por parte de cualquiera de las partes. Permite que se deje establecido desde un inicio cuales serán las consecuencias, para cada una de las partes, de no cumplir con las condiciones pactadas en el contrato.

Saneamiento Por Evicción

Esta claúsula se establece a fin de obligar al vendedor de una propiedad inmueble, a indemnizar al comprador, por todos los daños y perjuicios que sufra en caso de verse privado del bien adquirido, ya sea parcial o totalmente.

Saneamiento Por Vicios Ocultos

Esta claúsula se establece a fin de obligar al vendedor a indemnizar al comprador, por los daños y defectos que se presenten en el bien inmueble adquirido, cuando estos no estén a la vista, aunque al momento de la venta este lo ignorase.

A continuación, les ofrecemos un modelo de un contrato promesa de compraventa:

MODELO DE CONTRATO DE PROMESA DE COMPRAVENTA

Entre los suscritos a saber: FULANITA DE TAL, mujer, casada, de nacionalidad XXXX, mayor de edad, comerciante, con cedula de identidad personal número XXXXX, vecina de esta ciudad, actuando en su nombre y representación, y FULANITO DE TAL, varón, casado, de nacionalidad XXXX, mayor de edad, comerciante, con cedula de identidad personal número XXXXXXX, vecino de esta ciudad, actuando en su nombre y representación, quién en lo sucesivo se denominarán LOS PROMITENTES VENDEDORES, y por la otra, XXXXXXXXXX, varón, soltero, de nacionalidad XXXX, mayor de edad, comerciante, con cedula de identidad personal número XXXXX, vecino de esta ciudad, actuando en su nombre y representación, quien en lo sucesivo se denominará EL PROMITENTE COMPRADOR; y quienes en conjunto se denominarán LAS PARTES, han convenido en celebrar el presente contrato Promesa de Compraventa sujeto a las siguiente cláusulas:

PRIMERA: Declaran LOS PROMITENTES VENDEDORES que son dueños de la Finca número XXXXXXX, Código de Ubicación XXXX, Documento XXXXX, inscrita en la Sección de Propiedad Horizontal del Registro Público, Provincia de Panamá, el cual corresponde a la Unidad Departamental No. XXXX, del PH XXXX, calle XXXX, Corregimiento de XXXX, cuyas medidas, superficie y linderos constan inscritos en el Registro Público (en adelante denominada LA FINCA).

SEGUNDA: Declaran LOS PROMITENTES VENDEDORES que por este medio se obligan a venderle a EL PROMITENTE COMPRADOR y este se obliga a comprarle a LOS PROMITENTES VENDEDORES, LA FINCA por el convenido y ajustado precio de XXXXXXX MIL DÓLARES AMERICANOS CON 00/100 (US$XXX,000.00).

TERCERA: Convienen las partes que el precio de venta de la FINCA, será pagado a LOS PROMITENTES VENDEDORES, de la siguiente manera:

a). Un primer abono de XXXXX MIL DÓLARES AMERICANOS CON 00/100 (US$XXXX,000.00), a la firma de este contrato, por medio de Cheque Certificado o de Gerencia girado a nombre de LOS PROMITENTES VENDEDORES.

b). El saldo pendiente, es decir, la suma de XXXXX MIL DÓLARES AMERICANOS CON 00/100 (US$XXXX,000.00) por medio de una cartas de pago irrevocable emitida por una institución financiera de la localidad a favor de LOS PROMITENTES VENDEDORES, la cual será entregada dentro de los XXX (XX) días hábiles contados desde la firma del contrato promesa de compraventa, y se hará efectiva al momento en que LA FINCA se encuentre debidamente inscrita a nombre de EL PROMITENTE COMPRADOR en el Registro Público y Escritura Pública.

CUARTA: LOS PROMITENTES VENDEDORES se comprometen a no vender o hipotecar, ni en ninguna otra forma enajenar o gravar, en todo o en parte, el bien objeto de este contrato, sin tener el consentimiento previo y por escrito de EL PROMITENTE COMPRADOR, una vez se haya suscrito el presente Contrato Promesa de Compraventa.

QUINTA: LOS PROMITENTES VENDEDORES se obligan a vender LA FINCA objeto de este contrato libre de gravámenes, y al día en el pago de los impuestos, tasas, arbitrios o contribuciones, sin saldo alguno en cuentas de servicios básicos (agua, electricidad, aseo) que pesen sobre la   misma a la fecha de la firma del contrato de compraventa. LOS PROMITENTES VENDEDORES se comprometen al saneamiento en caso de evicción.

SEXTA:  LOS PROMITENTES VENDEDORES se comprometen a desalojar LA FINCA en un plazo no mayor de XXXX (XX) días calendarios contados a partir del momento de que salga la escritura del Registro Público debidamente inscripta a favor de EL PROMITENTE COMPRADOR.

SEPTIMA: LOS PROMITENTES VENDEDORES entregarán a EL PROMITENTE COMPRADOR en un término no mayor de XXX (XX) días hábiles contados a partir de la recepción de las cartas irrevocables de pago, los siguientes documentos:

1.  Paz y salvo de Inmueble de LA FINCA objeto de este contrato.

2.  Paz y salvo de IDAAN y Aseo de LA FINCA objeto de este contrato.

3.  Paz y salvo de la Administración del LA FINCA objeto de este contrato.

4.  Formulario con constancia de pago de Impuesto de Transferencia de Bienes Inmuebles de LA FINCA.

5.  Formulario con constancia de pago de Ganancia de Capitales.

OCTAVA: Las partes acuerdan que en el evento de que por razones imputables a EL PROMITENTE COMPRADOR no se otorgue la Escritura Pública de Compraventa de LA FINCA, o bien en caso de incumplimiento por parte de EL PROMITENTE COMPRADOR de cualesquiera de las obligaciones establecidas en el presente documento, siempre y cuando tal incumplimiento sea por causa de éste último, LOS PROMITENTES VENDEDORES podrá resolver de pleno derecho este contrato,  sin necesidad de solicitar la resolución judicial ante los tribunales competentes y dará derecho a LOS PROMITENTES  VENDEDORES a retener para sí las sumas recibidas según lo descrito  en la cláusula tercera,  en concepto de única indemnización por los daños y perjuicios causados.

Igualmente, las partes acuerdan que en el evento de que por razones imputables a LOS PROMITENTES VENDEDORES, no se firme e inscriba la Escritura Pública de Compraventa de LA FINCA, EL PROMITENTE COMPRADOR podrá resolver de pleno derecho este contrato sin necesidad de solicitar la resolución judicial ante los tribunales competente, en cuyo caso LOS PROMITENTES VENDEDORES se obligan a devolver a EL PROMITENTE COMPRADOR las sumas abonadas hasta el momento, más un recargo del veinte por ciento (20%) de las sumas abonadas, como indemnización por los daños y perjuicios causados.

NOVENA: LOS PROMITENTES VENDEDORES y EL PROMITENTE COMPRADOR acuerdan que el Contrato de Compra-Venta será formalizado, firmado y concluido a no más tardar sesenta (60) días calendarios a partir de la firma del Contrato de Promesa de Compraventa. No obstante lo anterior, este término podrá extenderse en caso de que ocurran acontecimientos imprevistos sin la intervención de LOS PROMITENTES VENDEDORES o de EL PROMITENTE COMPRADOR.

DECIMA: Acuerdan las partes que EL PROMITENTE COMPRADOR, podrá suscribir el Contrato definitivo de Compraventa a nombre propio y/o de otra persona natural o jurídica que EL PROMITENTE COMPRADOR designe y que comunique por escrito a LOS PROMITENTES VENDEDORES.

DECIMA PRIMERA: LAS PARTES sujetan la validez e interpretación de este contrato a las leyes de la República de Panamá. LAS PARTES por este medio acuerdan someter cualquier discrepancia o controversia que surja de la interpretación o cumplimiento de este contrato a procesos judiciales.

DECIMA SEGUNDA: El hecho de que cualquiera de LAS PARTES permita, una o varias veces que la otra incumpla alguna de sus obligaciones o las cumpla imperfectamente o en forma distinta de lo acordado, o no insista en el cumplimiento exacto de tales obligaciones, o no ejerza oportunamente los derechos contractuales o legales que le corresponda, no equivaldrá a modificación de este contrato, ni impedirá que la parte afectada exija el cumplimiento fiel y específico de dichas obligaciones, ni que ejerza los derechos que le confiere este contrato.

DECIMA TERCERA: Los gastos notariales y de registro relacionados con la confección, otorgamiento e inscripción del presente contrato serán, por cuenta de EL PROMITENTE COMPRADOR.

DECIMO CUARTA: Declara EL PROMITENTE COMPRADOR que los fondos y dinero utilizados en esta promesa de compraventa son de origen lícito, y que no tienen ninguna relación o vinculación con transacciones o flujo provenientes de acciones delictivas como lavado de capitales, tráfico de drogas o estupefacientes o cualquier otro delito conexo y castigado por la ley panameña.  Por tales efectos EL PROMITENTE COMPRADOR releva a LOS PROMITENTES VENDEDORES de cualquier responsabilidad,  investigación o vinculación con el uso de los fondos utilizados en esta transacción ante cualquiera autoridad nacional o internacional.

DECIMA QUINTA: EL PROMITENTE COMPRADOR se obliga al pago de todo impuesto, gravamen, o contribución que sobre la finca objeto de este contrato recaigan, ya sean nacionales, municipales, de valorización o de otra índole, a partir de la fecha de la inscripción de la Escritura Pública de Compraventa en el Registro Público, y sea propiedad legítima de EL PROMITENTE COMPRADOR.

DECIMA SEXTA: Todos los avisos o notificaciones que las partes deben o deseen darse conforme al presente Contrato, se efectuarán por escrito y serán entregados personalmente o enviados por correo electrónico (el mismo día de su fecha) a la parte a quien se dé dicho aviso (con acuse de confirmación de recibido), a las siguientes direcciones:

LOS PROMITENTES VENDEDORES:

Teléfono:                                             Correo:

EL PROMITENTE COMPRADOR:

Teléfono:                                             Correo:

DECIMA SEPTIMA: Declaran las partes que aceptan el presente Contrato de Promesa de Compraventa de acuerdo a los términos y condiciones del mismo y cualquier modificación a los términos y demás condiciones pactadas en la presente contrato de promesa de compra venta, deberá efectuarse de manera escrita y adjuntarse al mimo en calidad de addenda.

En fe lo cual, las partes suscriben el presente documento en tres ejemplares del mismo tenor y efecto en la Ciudad de Panamá, el XXX (xx) de XXX del 2018.

LOS PROMITENTES VENDEDORES

FULANITA DE TAL                                                 FULANITO DE TAL

CEDULA: X-XXX-XXXX                                         CEDULA: X-XXX-XXXX

 

EL PROMITENTE COMPRADOR

XXXXXXXXXXXXXXXXXXX

CEDULA: XXXXXX